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Guillermo Lasso se pronuncia sobre el decreto que le otorgó la libertad a alias ‘Momo’

Byinfozamora1

Ene 28, 2025

El expresidente Guillermo Lasso se pronunció este martes sobre los decretos firmados durante su gobierno, que permitían otorgar indultos presidenciales a personas privadas de libertad (PPL) que cumplían con ciertos requisitos, y que derogó recientemente el presidente Daniel Noboa con el Decreto Ejecutivo 511.

De acuerdo con declaraciones del ministro de Gobierno, José De La Gasca, bajo esta figura legal se ha soltado a reos como Bryan Vicente A. A., alias Momo.

En un comunicado, Lasso señaló que el ministro se refirió “negativamente” a esos decretos, “dando a entender alguna relación con esa decisión”.

Detalló que el indulto del Decreto 265 aplicó a quienes, a la fecha de su expedición, padecían VIH, tuberculosis y otras enfermedades terminales, siempre que 1) tengan sentencia condenatoria ejecutoriada, 2) no tengan otros procesos pendientes, 3) no estén condenados por delitos violentos o de corrupción, entre ellos, el de asociación ilícita, enumerados en el texto del decreto.

Sin embargo, el expresidente indicó que en el caso de alias Momo, el juez aplicó el indulto tres años después de la fecha de expedición del documento, y además lo aplicó a un condenado por un delito expresamente excluido del decreto, el de asociación ilícita, cuya condena se encontraba apelada, y con otras investigaciones en marcha: “Es decir, decide explícitamente en contra del texto del decreto”.

“Esto es un abuso y un ilícito del juez, no del decreto”, aseguró Lasso.

Además, justificó que el Decreto 265 fue firmado para reducir “el hacinamiento carcelario indultando a enfermos terminales, pacientes de tuberculosis y VIH, infractores de tránsito y mujeres que vivían con infantes en las cárceles, sin otros procesos, excluyendo delitos violentos y de corrupción luego que el Ecuador recibió llamados de atención de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y la Corte Constitucional, pues el hacinamiento que heredamos superaba el 30 % de la capacidad de las cárceles”.

Indicó que si tres años más tarde, un juez tuerce retroactivamente el sentido de los decretos de indulto humanitario, es ese juez quien debe ser sancionado. (I)

 

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