El presidente de la República, Daniel Noboa, firmó el Decreto Ejecutivo 511 este miércoles, 22 de enero, derogando varios decretos emitidos en administraciones anteriores relacionados con indultos.
La medida redefine las condiciones para futuros indultos y enfatiza la responsabilidad legal de los servidores públicos.
El Decreto 511 deja sin efecto los decretos ejecutivos 264, 265, 355, 816 y 949, emitidos entre 2021 y 2023, bajo el gobierno del expresidente Guillermo Lasso.
Estos decretos otorgaban indultos a personas privadas de libertad (PPL) que cumplían ciertos requisitos específicos, como enfermedades graves o penas ejecutoriadas relacionadas con delitos menores, como robo y hurto, o contravenciones de tránsito.
El documento presidencial asegura que las PPL que ya se beneficiaron de los indultos emitidos por los decretos ahora derogados mantendrán esos beneficios, siempre que hayan cumplido los requisitos en el momento de la expedición de dichos decretos.
Noboa anunció que para futuros indultos presidenciales cada caso será analizado de manera específica para garantizar la transparencia y el cumplimiento de la normativa.
También alertó de que los servidores públicos que hayan facilitado la liberación de personas sin que estas cumplieran los requisitos estipulados en los decretos derogados serán sujetos a sanciones administrativas y penales, según lo determinen las autoridades competentes.
Decretos derogados:
- Decreto 264 (2021): Otorgaba indultos a personas sentenciadas por contravenciones de tránsito leves, como conducir vehículos con llantas en mal estado o sin licencia.
- Decreto 265 (2021): Beneficiaba a PPL con enfermedades terminales, catastróficas o coinfección de tuberculosis y VIH.
- Decreto 355 (2022): Incluía indultos para PPL sentenciadas por delitos como hurto, robo sin violencia, estafa y abuso de confianza, siempre que cumplieran al menos el 40 % de su pena y no tuvieran antecedentes disciplinarios.
- Decreto 816 (2023): Enfocado en mujeres privadas de libertad que cumplían requisitos específicos relacionados con delitos menores y condiciones de salud graves.
- Decreto 949 (2023): Indultaba a PPL con diagnósticos médicos graves validados por el Ministerio de Salud Pública, como cáncer, insuficiencia renal crónica o malformaciones congénitas del corazón.
El nuevo decreto, emitido este miércoles, entró en efecto desde su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.