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Primer debate de reformas a la Ley de Extinción de Dominio tuvo pocos pedidos de cambios y más apoyos

Byinfozamora1

Feb 2, 2024

Las reformas a la Ley de Extinción de Dominio a bienes de origen ilícito guiaron el debate en el seno de la Asamblea Nacional del primer informe de urgencia económica de la Ley orgánica para el ahorro y la monetización de recursos económicos para el financiamiento contra la corrupción, propuesta por el presidente de la República, Daniel Noboa.

Se discutió en primer debate el informe trabajado en la Comisión de Régimen Económico y Tributario de este texto que reforma siete leyes vigentes como la de Extinción de Dominio, de Contratación Pública, de la Contraloría General del Estado, de la Procuraduría, el Código Orgánico Integral Penal, el Código Administrativo, Civil, la de Fabricación, importación, exportación, comercialización y tenencia de armas, municiones, explosivos y accesorios.

El debate estuvo orientado hacia la lucha contra la corrupción y agilizar los procesos de investigación para quitar a los grupos delictivos los bienes adquiridos de manera irregular.

Articulado a ello, también hubo pedidos para que se esclarezca el requerimiento de una sentencia condenatoria ejecutoriada para proceder con la extinción de dominio y evitar el abuso del derecho, acogiendo los dictámenes vinculantes de la Corte Constitucional (CC).

La presidenta de la Comisión de Régimen Económico, Nathaly Farinango (ADN), abrió la jornada en la que indicó que son alrededor de $ 110 millones que se encuentran retenidos por delitos relacionados a lo económico, por lo que es necesario que la ley permita proceder sin esperar una sentencia penal previa.

En Ecuador se tiene un patrimonio producto de actividades ilícitas que correspondería a $ 1.700 millones y, de recuperarse al menos el 10 %, se podrían rescatar $ 170 millones, dijo.

Aseguró que los cambios permitirán que no se espere una sentencia previa condenatoria ejecutoriada para agilizar los procesos judiciales y evitar que se tomen hasta cuatro años en contar con una resolución.

La referencia es al artículo 7 de la actual Ley de Extinción de Dominio, para que diga en adelante: «toda actividad tipificada como delictiva, aun cuando no se haya dictado sentencia, así como cualquier otra actividad que el legislador considere susceptible de aplicación de esta ley. En ningún caso se podrá alegar prejudicialidad para impedir que se dicte sentencia de extinción de dominio».

Según Farinango, se garantiza el debido proceso y el derecho a la defensa de las partes procesales y tiene como objeto reducir plazos para la investigación.

Actualmente, la Fiscalía General del Estado tiene un plazo de doce meses para hacer la investigación patrimonial, pero se propone reducirlo a seis meses.

Resaltó la propuesta de destinar el 80 % de lo que se obtenga de la monetización para inversión social en políticas públicas a favor de la niñez; el 10 % para la modernización de las áreas de la Fiscalía; y, 10 % para infraestructura para los gobiernos parroquiales.

En materia de la Ley de Contratación Pública, se crearía una unidad antilavado en el interior del Servicio de Contratación Pública (Sercop); y agilizar la contratación en áreas como la seguridad, para los centros de privación de libertad y crear observatorios ciudadanos que vigilen la transparencia de los contratos públicos.

Fueron 31 legisladores de las diferentes bancadas que intervinieron en el hemiciclo con comentarios de respaldo al texto legal y pocas observaciones. Esencialmente, asambleístas del Partido Social Cristiano (PSC) pidieron a la comisión que se tomen en cuenta los dictámenes de la Corte Constitucional (CC), respecto de las garantías del debido proceso.

Criterios

Jorge Alvarez, PSC:

“No es procedente aplicar la extinción de dominio sin que primero se haya declarado la culpabilidad de la persona. Debemos recortar tiempos a los procesos investigativos”.

Patricio Cisneros, ADN:

“Que los recursos que se obtengan de monetizar los bienes ilícitos se destinen a los gobiernos parroquiales rurales de las provincias en donde se cometa un delito”.

José Luis Vallejo, RC:

“Debe haber certeza de que se cometió un ilícito, porque una afectación a los bienes es afectación de las personas, se deber garantizar el debido proceso”.

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