INFOZAMORA

El portal de noticias del Sur del Ecuador

Jueces confirman condena a Cristina Fernández por corrupción

Byinfozamora1

Nov 13, 2024

La Cámara Federal de Casación Penal argentina confirmó este miércoles (13.11.2024) la condena de seis años de prisión e «inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos» a la expresidenta argentina Cristina Fernández (2007-2015) en un caso por irregularidades en obras viales.

El Tribunal Oral Federal 2 había condenado en diciembre de 2022 a Fernández por el delito de administración fraudulenta de fondos públicos por la causa conocida como «Vialidad», en la que se investigaron irregularidades en la concesión de 51 obras viales a firmas del empresario Lázaro Báez durante el Gobierno del fallecido Néstor Kirchner (2003-2007) y el de su esposa y sucesora Cristina Fernández en la austral provincia de Santa Cruz, cuna política del kirchnerismo.

El tribunal de alzada compuesto por Mariano Borinsky, Gustavo Hornos y Diego Barroetaveña resolvió hoy «condenar a Cristina Elizabeth Fernández de Kirchner a la pena de seis años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos por considerarla autora penalmente responsable del delito de administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública».

Esta decisión obstaculizaría una posible candidatura de la exmandataria en las elecciones legislativas previstas para el año próximo, aunque se prevé que Fernández presente una apelación ante la Corte Suprema, un proceso que podría extenderse por varios meses o incluso años.

Fernández califica a la causa «Vialidad» de «show»

La expresidenta, que no estuvo presente en los tribunales, publicó ayer un extenso comunicado en el que anticipó un fallo contrario y denunció que un intento de «proscripción» en su contra.

Fernández, quien ha asegurado en varias oportunidades ser blanco de lawfare (hostigamiento judicial y político), sostuvo que la causa «Vialidad» es un «show» cuyo «verdadero objetivo» es lograr su ihabilitación para desempeñar cargos públicos a perpetuidad.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *