En Ecuador no sólo de incrementó las penas a delitos como extorsión, asesinato, trata de personas, violación y secuestro, además se incrementaron las restricciones para acceder a beneficios penitenciarios, y se modificó el proceso para la extinción de dominio.
Toda la ley está conformado por 24 artículos, que modifican varios textos del Código Orgánico Integral Penal (COIP) y de la Ley Orgánica Reformatoria a la Ley Orgánica de Extinción de Dominio.
Debido a que el presidente Daniel Noboa no aplicó ningún veto, su publicación fue inmediata.
Entre las decenas de delitos cuyas penas privativas de libertad incrementaron destaca la minería ilegal, que pasa de 7 a 20 años de cárcel.
El siguiente cuadro muestra los cambios en la legislación:
1. Trata de personas | 13-16 años | 16-19 años |
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Trata de personas que pertenecen a grupos de atención prioritaria. | 16-19 años | 19-22 años |
Trata de personas, cuando provoca en la víctima un daño sicológico. | 19-22 años | 22-26 años |
Trata de personas, cuando se produce la muerte de la víctima. | 22-26 años | 26-30 años |
2. Asesinato | 22-26 años | 26-30 años |
Sobre la extinción de dominio está estipulado que no se necesita una sentencia para iniciar la investigación y la fase para el traspaso de los bienes al Estado.